sábado, 28 de enero de 2012

El 2 de Julio del 2012

con Enrique Peña Nieto a la cabeza en las encuestas con 50% de las preferencias, algunos vaticinan su inevitable triunfo. Otros toman en cuenta los resultados electorales anteriores para decir que aún falta tiempo y que todo puede pasar de aquí al 2 de julio. Hay muchos argumentos para abonar en ambos sentidos. Para sustentar que el triunfo de Peña está asegurado está la gran ventaja entre el primero y el segundo. Hoy, entre Enrique Peña Nieto y Josefina Vázquez Mota, que es la panista que más se acerca al priista, hay una distancia de 22 puntos porcentuales, no de ocho, como había en 2006. Además, es importante tomar en cuenta las nuevas reglas electorales. Éstas juegan a favor del actual puntero. Las campañas electorales formalmente son del 30 de marzo al 27 de junio. En tres meses es muy difícil lograr darle la vuelta a las preferencias electorales, como ocurrió en 2006, cuando la campaña fue de más de seis meses. Habiendo tan poco tiempo para hacer campaña y ante reglas tan estrictas para sacar spots al aire, que impiden que una campaña reaccione inmediatamente para aprovechar el error del contrario, estamos en este 2012 en un escenario que favorece al puntero, a Enrique Peña Nieto. Sin embargo, ahora, a diferencia de las dos elecciones presidenciales pasadas, en este inicio de año no tenemos un candidato definido del PAN y por ello esas encuestas pueden variar muchísimo aún. Además, estamos ante la novedad de que habrá un cuarto candidato a la Presidencia por el Panal, que no sabemos en qué medida y a quién vaya a ayudar o perjudicar una vez nombrado. Esto es algo que se puede prolongar, de acuerdo con el calendario electoral, hasta el 22 de marzo. Como en cualquier democracia, siempre hay lugar para las sorpresas. En México éstas han estado presentes en cada elección reciente. Por ello, me inclino hacia quienes piensan que hoy nada está escrito de cara a las elecciones de julio. Gracias

La transgresión del derecho a la vida privada, a la moral y a la paz pública.

La Constitución, en sus artículos 6 y 7, garantiza la libertad de expresión y el derecho a la información, también protege la vida privada, ya que establece que los límites a la libertad de expresión llegan a la frontera del ataque a la moral, a los derechos de terceros, el orden público y —en especial— la violación a la Ley de Imprenta. ¿Y qué dice esa Ley de Imprenta? Establece las causales del ataque a la vida privada. En su artículo I, fracciones 1 y 4, señala que son ataques a la vida privada de las personas las manifestaciones o expresiones maliciosas hechas en cualquier forma, exponiendo a una persona al odio, desprecio o ridículo. La vida privada es aquella faceta de la vida que no es pública… y no porque un funcionario sea un personaje público, me es permitido invadir, transgredir o lesionar su vida privada, exponiéndolo al odio, desprecio o ridículo ante la sociedad”. Ese criterio ha sido ratificado por la Suprema Corte, en no pocos casos de jurisprudencia, algunos de ellos desde 1958. la libertad de expresión será objeto de sanción, cuando ataque la vida privada de las personas y lesione su honor. Este es uno de los límites de los derechos de terceros, que no permiten impunidad para quien —supuestamente amparado en la libertad de expresión— los daña. Una cosa es la inviolable libertad de escribir y publicar; de opinar sobre cualquier materia —por cualquier medio tecnológico conocido o por conocer y mediante el cual se establezca comunicación entre dos o más personas— y otra cosa muy diferente es la transgresión del derecho a la vida privada, a la moral y a la paz pública. No es lícito proferir expresiones maliciosas con la única intención de exponer a una persona al desprecio o al ridículo, y causarle un daño en su reputación o en la consideración que sobre ella se tiene en su ámbito social y familiar. ¿Por qué? Porque, en la ley mexicana vigente, la vida privada, la moral y la paz pública prevalecen sobre las libertades de expresión y de información. Cómo la ven?