viernes, 12 de octubre de 2012

Día de la Raza o Día de la Resistencia Indígena?

Este 12 de octubre se cumplieron 520 años del descubrimiento de América. Fecha que es conocida como el Día de la Raza. Festividad que se conmemora a sugerencia del Ministro Español Faustino Rodríguez. Quien en 1913 propuso realizar una ceremonia en la que se festejara la unión de España e Iberoamérica. En este año se cumplen 98 años que en España se conmemora este acontecimiento. En México, se festejo por primera vez en 1928, hace ya 84 años, a propuesta de José Vasconcelos. Día en el que se reconoce a la raza iberoamericana. Sin embargo, se considera que los pueblos indígenas poco tienen que festejar. Pues se trata del sector de la población que más sufre la discriminación y la exclusión. Si bien la Constitución les reconoce todos sus derechos como a cualquier mexicano, en la práctica, no los ejercen. En el país se reconoce que existen 15.7 millones de indígenas, el 75 por ciento de ellos viven en condiciones de pobreza. Su ingreso promedio es de 6 dólares, una buena parte son analfabetas y en muy pocos casos cuentan con oportunidades de desarrollo. Son comunidades que en esta fecha, reclaman reconocimiento de sus derechos a la propiedad de la tierra, a su autonomía y a su pleno desarrollo. Ante esta deuda histórica, existen naciones como Venezuela que en lugar de festejar el Día de la Raza o el encuentro de dos mundos, lo celebran como el Día de la Resistencia Indígena, Ecuador como el Día de la Interculturalidad o Bolivia, como el Día de la Descolonización, entre otros.

Ley contra el Lavado de Dinero

La Ley contra el Lavado de Dinero Con 111 votos a favor, el Senado de la República aprobó en lo general el dictamen a la minuta que expide la ley contra el lavado de dinero. Los senadores establecieron una serie de medidas y procedimientos, a fin de prevenir y detectar operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita o aquellas “tendientes a financiar al terrorismo”, como son: -mencionaron que se constituye un régimen de identificación y reporte de operaciones vinculadas a “actividades vulnerables”: la práctica de juegos con apuesta, concursos o sorteos, por lo que quienes las llevan a acabo deberán reportar a la Secretaría de Hacienda este tipo de operaciones cuando los montos asciendan a 645 veces el salario mínimo. se investigará la emisión o comercialización de tarjetas de servicios, de crédito, prepagadas y todas aquellas que constituyan instrumentos de almacenamiento de valor monetario o permitan la transferencia de fondos cuando el monto acumulado en la cuenta sea igual o superior a 805 veces el salario mínimo. Para el caso de las tarjetas de prepago se deberá informar cuando su comercialización se realice por una cantidad igual o superior a 645 veces el salario mínimo vigente, por operación. Hacienda también podrá conocer las operaciones de compra-venta de metales o piedras preciosas, joyas y relojes, cuando el valor de las transacciones sea de 805 veces el salario mínimo vigente. serán objeto de aviso ante las autoridades la comercialización o distribución de vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres, así como la compra o transferencia de bienes inmuebles y obras de arte. Se específica la creación de la Unidad Especializada en Análisis Financiero dentro de la Procuraduría General de la República (PGR), que será el órgano especializado en análisis financiero y contable relacionado con operaciones con recursos de procedencia ilícita y su titular tendrá el carácter de agente del Ministerio Público. La Secretaría de Hacienda estará facultada para emitir reglas de carácter general, a fin de asegurar el buen funcionamiento de esta ley, además de poder someter a los funcionarios adscritos a dicha Unidad a evaluación para su ingreso y permanencia. Lo anterior, permitirá proteger la identidad de ese personal y no poner en un estado de vulnerabilidad su integridad física. También, se aclara que la prestación de servicios de fe pública realizados por notarios públicos también serán objeto de investigación por parte de Hacienda. Se resalta que quienes se abstengan de cumplir con los requerimientos que formulen las autoridades o incumplan con cualquiera de las obligaciones establecidas serán sancionados con una multa de 200 a 2 mil días de salario mínimo. Además, se sancionará con 10 mil a 75 mil días de salario mínimo o el 10% del valor de la operación cuando ésta no sea notificada a las autoridades, además de castigar con dos a ocho años de prisión a quien proporcione de manera dolosa información, documentación, datos o imágenes que sean falsos o estén modificados. Y se impondrán de cuatro a diez años de cárcel a los servidores públicos que utilicen indebidamente la información, datos, documentación o imágenes a las que tenga acceso o reciban con motivo de esta ley. El documento se remitió al Ejecutivo federal para